La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) propone una norma que obligaría a las empresas ferroviarias a transmitir de forma electrónica y anticipada los datos de todas las personas, tanto tripulantes como pasajeros, que lleguen al país o salgan de él a bordo de un tren. Así lo recoge el documento «Advance Traveler Information for Rail», publicado el 13 de octubre de 2026 en el Federal Register, el diario oficial del Gobierno federal.
Según el resumen de la propuesta, el transportista ferroviario también tendría que enviar a CBP un aviso previo de llegada o de salida del tren, según corresponda. La agencia sostiene que la medida permitiría reforzar la seguridad y, al mismo tiempo, facilitar los viajes internacionales legítimos en este medio de transporte.
Se trata, por ahora, de una norma propuesta y no de una regla en vigor. En el sistema regulatorio estadounidense, este tipo de iniciativas se publica para que ciudadanos, empresas y organizaciones puedan examinarla y presentar comentarios antes de que la agencia decida si adopta una versión definitiva, la modifica o la retira. El resumen difundido no detalla, en el fragmento disponible, el tipo exacto de datos que deberían enviarse ni los plazos concretos de antelación, aspectos que se establecerían en el texto completo de la propuesta.
La iniciativa contempla, por tanto, dos obligaciones diferenciadas. La primera se refiere a la información de las personas a bordo: la empresa ferroviaria debería remitirla a CBP antes de que el tren cruce la frontera, de modo que la agencia pueda revisarla con antelación y no únicamente cuando el convoy ya ha llegado. La segunda es una notificación sobre el propio tren, que anunciaría su llegada a territorio estadounidense o su salida hacia otro país.
Esta propuesta se inscribe en un esquema que Estados Unidos aplica desde hace años a otros modos de transporte. Tras los atentados del 11 de septiembre de 2001, el Congreso aprobó leyes como la de Seguridad de la Aviación y el Transporte (2001) y la de Mejora de la Seguridad Fronteriza y Reforma de Visados (2002), que sentaron las bases para que las aerolíneas y las navieras entreguen a las autoridades información sobre pasajeros y tripulaciones antes de llegar al país. En la aviación, ese procedimiento se conoce como Sistema de Información Anticipada de Pasajeros (APIS). La propuesta ahora planteada apunta a extender una lógica similar al ferrocarril.
El tren ocupa un lugar particular en el tránsito fronterizo. Existen servicios de pasajeros que conectan ciudades estadounidenses con localidades canadienses, y numerosos convoyes de carga cruzan a diario las fronteras con Canadá y México con sus respectivas tripulaciones. En el ámbito de la carga, CBP ya recibe de los ferrocarriles información electrónica anticipada sobre las mercancías, conforme a la Ley de Comercio de 2002. La nueva propuesta se centra en un elemento distinto: las personas que viajan o trabajan a bordo.
Para la comunidad venezolana y latina en Estados Unidos, el alcance práctico dependerá del texto definitivo. La obligación recaería sobre las empresas transportistas, no directamente sobre los viajeros, pero implicaría que los datos de quienes cruzan en tren, incluidos familiares que visitan Canadá o trabajadores del sector ferroviario, se comuniquen a la autoridad fronteriza antes del trayecto. El resumen de la propuesta no menciona cambios en los requisitos de documentación para entrar o salir del país; por ello, quienes planeen viajes internacionales deben seguir verificando los documentos exigidos por cada destino y por CBP a través de los canales oficiales.
El siguiente paso dentro del proceso es el período de comentarios públicos, durante el cual las partes interesadas pueden expresar observaciones sobre la viabilidad, los costos y las implicaciones de la medida. Después, CBP deberá analizar esas aportaciones antes de decidir si publica una norma final y con qué calendario de aplicación. El texto completo, con sus plazos y requisitos, está disponible en el Federal Register, fuente oficial de esta información y a la que corresponde la responsabilidad sobre su contenido.
Fuente: Registro Federal de EE.UU.



