La Corte Suprema de Estados Unidos permite que la administración del presidente Donald Trump mantenga su política de deportar a migrantes a «terceros países», es decir, a naciones distintas de la de origen de cada persona, según el titular publicado por el medio La Red Hispana y difundido el 5 de octubre de 2026. El material de la fuente es limitado, por lo que este despacho se atiene a lo que establece el encabezado y añade el contexto de fondo necesario para entender el asunto.

En el procedimiento habitual, una persona a la que un juez de inmigración ha ordenado la expulsión es devuelta a su país de nacionalidad. La política de terceros países amplía esa posibilidad: permite al Departamento de Seguridad Nacional trasladar al extranjero a otro Estado dispuesto a recibirlo, aunque no sea el suyo y aunque la persona no tenga vínculos con él. La legislación migratoria estadounidense contempla desde hace décadas la remoción hacia un país alternativo cuando el de origen no acepta el regreso, y fija criterios sobre los posibles destinos.

La controversia jurídica no gira tanto en torno a la existencia de esa facultad como a las garantías con que se ejerce. En 2025, un juez federal de Massachusetts, Brian Murphy, ordenó que las autoridades notificaran con antelación a los migrantes el país de destino y les dieran una oportunidad real de manifestar si temían sufrir tortura o persecución allí. Esa exigencia buscaba dar efecto práctico a las protecciones previstas en la Convención contra la Tortura, tratado que Estados Unidos ha ratificado y que prohíbe devolver a una persona a un lugar donde corra ese riesgo.

El Gobierno federal recurrió la orden y, en junio de 2025, la Corte Suprema la suspendió mediante un procedimiento de emergencia, con una mayoría de seis jueces frente a tres. La magistrada Sonia Sotomayor, en nombre de las voces disidentes, advirtió de los riesgos que, a su juicio, implicaba permitir los traslados sin esas salvaguardas. La administración sostuvo, por su parte, que las restricciones dificultaban la ejecución de órdenes de expulsión firmes y la negociación con otros países. Aquella decisión fue provisional y no resolvió el fondo del litigio, que siguió su curso en instancias inferiores.

Tras ese fallo, la prensa estadounidense informó de traslados de migrantes a países como Sudán del Sur y Esuatini, y de conversaciones o acuerdos del Ejecutivo con otros gobiernos para recibir a personas de terceras nacionalidades. Organizaciones de derechos civiles y de defensa de migrantes han cuestionado la falta de transparencia y los posibles peligros en los destinos, mientras que las autoridades han defendido estas medidas como parte de la aplicación de la ley migratoria y han señalado que los países receptores aceptan voluntariamente a los deportados.

Para la comunidad venezolana el tema tiene antecedentes cercanos. En marzo de 2025, cientos de venezolanos fueron enviados a una prisión de máxima seguridad en El Salvador, el CECOT, al amparo de la Ley de Enemigos Extranjeros, una norma de 1798 distinta de la que sustenta las deportaciones ordinarias a terceros países. En julio de 2025 regresaron a Venezuela en el marco de un intercambio de prisioneros. Aquel episodio, objeto también de litigios en los tribunales, ilustra por qué la identidad del país receptor y el debido proceso son cuestiones centrales en estos casos.

En términos prácticos, la política puede afectar a personas con órdenes de expulsión definitivas, sobre todo a las originarias de países que limitan o interrumpen los vuelos de deportación, entre los que históricamente se han contado Venezuela y Cuba, con periodos de mayor o menor cooperación. Los abogados de inmigración recomiendan a quienes tengan procesos abiertos revisar el estado de su caso en los canales oficiales, mantener actualizado su domicilio ante las autoridades y consultar solo con representantes legales acreditados o con organizaciones reconocidas por el Departamento de Justicia.

Queda por conocerse el texto completo de la resolución, el alcance exacto que le otorgue el tribunal y las instrucciones que emita el Departamento de Seguridad Nacional para aplicarla. Cabe esperar también que los litigios sobre las garantías de notificación y de protección frente a la tortura continúen en los tribunales federales, y que La Red Hispana y otros medios amplíen los detalles de la decisión en los próximos días.

Fuente: La Red Hispana