El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aplicará a partir del 23 de octubre una nueva política sobre el cómputo de determinados plazos, según informó el medio CiberCuba. De acuerdo con ese reporte, algunos vencimientos que caigan en un día no laborable pasarán al siguiente día hábil, mientras que otros no tendrán esa prórroga automática.
El material publicado hasta ahora por la fuente se centra precisamente en esa distinción: no todos los plazos reciben el mismo trato. Por esa razón, los detalles concretos sobre qué trámites quedan dentro de cada categoría deben consultarse en el texto oficial de la política y en los canales de comunicación de la propia agencia, que es la fuente primaria de la medida. Este artículo se limita a lo atribuido a CiberCuba y no añade supuestos sobre el alcance exacto de la norma.
Para entender la relevancia del cambio conviene recordar qué hace USCIS. La agencia, integrada en el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), tramita solicitudes de residencia permanente, naturalización, permisos de trabajo, extensiones y cambios de estatus, entre otros procedimientos. En casi todos ellos existen fechas límite: para presentar una solicitud dentro de una ventana determinada, para responder a una petición de pruebas adicionales, para interponer una apelación o una moción de reconsideración, o para comparecer a una cita. Incumplirlas puede traducirse en el rechazo de un formulario o en la denegación de una petición.
La cuestión de los días no laborables no es nueva. En el reglamento federal de inmigración, la definición general de «día» establece que, cuando el último día de un período coincide con sábado, domingo o feriado legal, el plazo se extiende hasta el final del siguiente día que no sea ninguno de ellos. Sin embargo, esa regla general convive con situaciones en las que los plazos proceden de una ley, de una orden específica, de otra agencia o de un tribunal, y en las que el margen para trasladar el vencimiento puede ser distinto. De ahí que una política que precise cuáles se ajustan y cuáles no resulte de interés práctico para solicitantes y representantes legales.
También es útil distinguir entre los plazos de presentación y las fechas de vencimiento de documentos o estatus. No es lo mismo disponer de un número de días para responder a un requerimiento que la fecha en que expira un permiso de trabajo o una autorización de estancia. En general, la normativa trata ambos conceptos de forma separada, y por eso los especialistas suelen recomendar leer con detenimiento el aviso que acompaña a cada trámite, donde constan la fecha límite y el modo de contarla.
Otro elemento que influye es el calendario federal. Los feriados nacionales, como el Día de los Veteranos en noviembre o el Día de Acción de Gracias, implican el cierre de oficinas públicas. Además, en buena parte de los trámites USCIS atiende a la fecha en que recibe el documento, no a la fecha en que el solicitante lo envía por correo, de modo que cualquier ajuste en el cómputo puede afectar a la planificación de los envíos, incluidos los tiempos de entrega de las empresas de mensajería.
Para la comunidad venezolana y cubana residente en Estados Unidos, que figura entre las más numerosas entre quienes presentan solicitudes de residencia, empleo, asilo o ciudadanía, la precisión sobre los plazos tiene un valor especial. Muchas familias gestionan sus trámites sin asistencia legal permanente y dependen de la información que circula en medios y redes. USCIS advierte desde hace años de que conviene acudir a abogados autorizados o a representantes acreditados, y desconfiar de los llamados «notarios» que ofrecen servicios migratorios sin estar habilitados para ello, una práctica que ha dado lugar a fraudes documentados.
Según lo reportado, la política entrará en vigor el 23 de octubre. Hasta esa fecha, los interesados pueden revisar el sitio web oficial de USCIS (uscis.gov), donde la agencia publica sus actualizaciones normativas y su manual de políticas, y verificar en los avisos de cada caso las fechas límite que figuran en sus notificaciones. Ante cualquier duda sobre si un plazo concreto se traslada o no al siguiente día hábil, la referencia válida será el texto oficial de la medida y no las interpretaciones secundarias, incluida la presente información, que se basa en lo divulgado por CiberCuba.
Fuente: CiberCuba



